CubaPronto

Migración

Residencia por arraigo en Uruguay 2026: requisitos para cubanos y solicitantes de refugio

Requisitos de la residencia por arraigo en Uruguay 2026 para cubanos y solicitantes de refugio: documentos, plazos, cómo renunciar al refugio y dónde se tramita.

Publicado el 6 min de lectura

Residencia por arraigo en Uruguay 2026: requisitos y plazos, sobre una foto del Palacio Salvo de Montevideo
Foto: Guillermo Vuljevas en Unsplash

Lo esencial

Norma
Decreto del Poder Ejecutivo del 8 de octubre de 2026
Para quién
Solicitantes de refugio que llegaron antes del 1 de enero de 2026
Entra en vigor
90 días después de publicarse en el Diario Oficial
Plazo para presentarse
12 meses, prorrogables una vez por otros 12
Tipo de residencia
Permanente, con cédula de identidad uruguaya
Dónde
Dirección Nacional de Migración (DNM)

La residencia por arraigo en Uruguay vuelve en 2026 con una nueva vía de residencia permanente para las personas que pidieron refugio y siguen esperando respuesta, o a las que se lo negaron. La gran mayoría son cubanos en Uruguay: a fines de junio de 2026 había 30.715 solicitudes de refugio pendientes y cerca del 89 % eran de ciudadanos de Cuba, según la Comisión de Refugiados (CORE).

Aquí tienes, en pocos minutos, quién puede pedirla, los requisitos de la residencia por arraigo, los plazos y qué pasa con tu solicitud de refugio.

¿Qué es la residencia por arraigo en Uruguay?

Es una residencia que se otorga a quien ya demostró que echó raíces en el país: vive aquí, trabaja o tiene ingresos y no tiene otra forma ordinaria de regularizarse. La nueva norma la aprobó el Poder Ejecutivo el 8 de octubre de 2026.

Aunque en redes se la llama "ley de arraigo" o "nueva ley de residencia para cubanos", es un decreto: no pasa por el Parlamento, pero obliga a la Dirección Nacional de Migración (DNM), que es quien recibe y resuelve los trámites. No es una regularización colectiva: cada solicitud se estudia por separado.

Requisitos de la residencia por arraigo 2026

Tienen que cumplirse todas estas condiciones:

  • Haber entrado a Uruguay antes del 1 de enero de 2026.
  • Haber entrado de forma regular, por un puesto de control migratorio habilitado (aeropuerto, puerto o paso de frontera).
  • Estar en una de estas dos situaciones:
    • tener una solicitud de refugio pendiente y renunciar a ella de forma expresa, o
    • haber recibido una denegación firme del refugio.
  • No tener impedimentos para entrar o permanecer en el país.
  • No tener otra vía ordinaria para obtener una residencia temporal o permanente.

Documentos que hay que presentar

  1. Foto para el expediente.
  2. Documento de identidad vigente y en buen estado (en general, el pasaporte cubano).
  3. Certificado de antecedentes penales del país donde viviste los cinco años anteriores a llegar a Uruguay, si estuviste allí más de 180 días, con las formalidades legales que correspondan.
  4. Prueba de medios de vida: ingresos propios o del núcleo familiar que vive en Uruguay, por encima del salario mínimo nacional. Se acredita con la historia laboral nominada del BPS o con una certificación notarial (de escribano) de la actividad y los ingresos mensuales. Si usas los ingresos de un familiar, hay que acreditar el vínculo.
  5. Certificado de vacunación uruguayo o el documento equivalente que exijan las normas sanitarias.

¿Y si no puedo conseguir papeles de Cuba? Migración puede eximirte, en forma excepcional y fundada, de presentar documentos del país de origen. Entre los motivos que se mencionan están la situación humanitaria, la falta de consulado, el costo elevado del trámite o no tener familiares que puedan gestionarlo allá.

Para niños, niñas y adolescentes, cada caso se evalúa según el interés superior del menor. También hay un mecanismo de respuesta rápida para personas en situación de especial vulnerabilidad.

¿Desde cuándo y hasta cuándo se puede pedir?

  • El decreto entra en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial. A la fecha de este artículo esa publicación todavía no estaba confirmada.
  • Si se publica en octubre de 2026, el trámite se podría iniciar hacia enero de 2027.
  • Desde la entrada en vigor hay 12 meses para presentar la solicitud. Migración puede ampliar ese plazo una sola vez por otros 12 meses.

No hace falta correr hoy, pero sí conviene juntar los documentos ya: los antecedentes penales y la historia laboral del BPS son lo que más suele demorar.

Cómo renunciar al refugio en Uruguay (y qué implica)

Es la decisión más importante. No se pueden llevar los dos trámites a la vez: para pedir la residencia por arraigo hay que renunciar a la solicitud de refugio pendiente.

  • La renuncia se hace al iniciar el trámite de residencia, ante Migración. El funcionario tiene que explicarte sus consecuencias antes de que firmes, y la renuncia queda en tu expediente.
  • Migración le comunica la decisión a la CORE.
  • Quien obtiene la residencia por arraigo conserva el derecho a pedir refugio otra vez si en el futuro aparecen nuevos motivos (Ley 18.076).

Si tu caso de refugio tiene fundamentos sólidos, consúltalo antes con un abogado o con una organización de apoyo a migrantes.

Cómo se tramita en Migración, paso a paso

  1. Presentas la solicitud ante la Dirección Nacional de Migración.
  2. Al iniciarlo, Migración te da un certificado para sacar la cédula provisoria como residente en trámite.
  3. Si te otorgan la residencia, recibes la certificación para tramitar la cédula definitiva de residente permanente.

Los formularios, la agenda de citas y los costos todavía no se publicaron. Cuando la DNM los anuncie, actualizamos esta nota.

Arraigo laboral, familiar y el nuevo arraigo: no es lo mismo

En 2024 existió otro programa de residencia por arraigo (Decreto 138/024) con tres modalidades: arraigo laboral, arraigo familiar y arraigo por formación. Era para quienes habían entrado hasta mayo de 2024 y dejó de recibir solicitudes en noviembre de 2025.

El decreto de 2026 es una vía nueva y distinta: amplía la fecha de llegada hasta el 1 de enero de 2026 y da directamente una residencia permanente, siempre que demuestres ingresos por encima del salario mínimo, propios o de tu familia en Uruguay.

En resumen

Es la salida más concreta en años para miles de cubanos que llevan tiempo en el limbo del refugio. Si llegaste antes de 2026, entraste por un control migratorio y puedes demostrar trabajo o ingresos, es muy probable que esta vía te sirva. Empieza a ordenar tus papeles y sigue las fuentes oficiales para la fecha de apertura.

Este artículo es informativo y resume lo publicado sobre el decreto. No es asesoramiento legal: ante cualquier duda sobre tu caso, consulta con la Dirección Nacional de Migración o con un profesional.

Preguntas frecuentes

¿La residencia por arraigo es solo para cubanos?

No. Es para cualquier persona extranjera que pidió refugio en Uruguay y cumple los requisitos. Se habla de cubanos porque son cerca del 89 % de las solicitudes de refugio pendientes.

¿Puedo pedirla si llegué a Uruguay en 2026?

No. El decreto exige haber entrado al país antes del 1 de enero de 2026.

¿Qué pasa si entré a Uruguay de forma irregular?

El decreto pide haber entrado por un puesto de control migratorio habilitado. Si no fue tu caso, consulta en Migración o con una organización de apoyo a migrantes qué otras vías tienes.

¿Tengo que renunciar al refugio para pedir la residencia por arraigo?

Sí, si tu solicitud de refugio sigue pendiente. La renuncia se firma al iniciar el trámite, después de que Migración te explique sus consecuencias. Si en el futuro surgen nuevos motivos, puedes volver a pedir refugio.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar la solicitud?

12 meses desde que el decreto entra en vigor, que es 90 días después de su publicación en el Diario Oficial. Migración puede ampliar el plazo una vez por otros 12 meses.

¿Cuánto cuesta el trámite?

Todavía no se publicaron los costos. Sí vas a tener gastos en documentos, como los antecedentes penales o una certificación de escribano si no tienes historia laboral en el BPS.

¿Cuál es el teléfono o el contacto de Migración para la residencia por arraigo?

La Dirección Nacional de Migración atiende en Misiones 1513, Montevideo, y por correo en migracion@minterior.gub.uy. El teléfono que publica el Ministerio del Interior es el 2030 4000, de lunes a viernes de 9:00 a 17:00.

¿La residencia por arraigo sirve para la ciudadanía uruguaya?

Es una residencia permanente, y la residencia legal es la base para pedir más adelante la ciudadanía legal. Los años exigidos dependen de tu situación familiar; consúltalo en la Corte Electoral cuando llegue el momento.

Fuentes

¿Le avisas a tu familia?

Mándales saldo desde Uruguay en dos minutos, con precio final en pesos uruguayos.

Enviar una recarga